Puerto Rico en la ONU

A partir de 1960 el debate sobre la descolonización y sobre las normas del Derecho Internacional que le resultaban aplicables cambió drásticamente con la aprobación virtualmente unánime en la Asamblea General de Naciones Unidas de la Resolución 1514(XV), también conocida como la Carta Magna de la Descolonización.

Anteriormente a esta fecha –y desde la fundación de la ONU en 1945—la independencia de las colonias no era un derecho absoluto y la responsabilidad de las potencias coloniales se limitaba a mantener informada a la ONU sobre el progreso que se venía logrando en los territorios dependientes en lo que concernía a los temas de desarrollo económico social y los avances logrados en términos de mayor gobierno propio.

Es en ese contexto que los Estados Unidos logró –a través de los conocidos engaños y medias verdades—que se excluyera en 1953 a Puerto Rico de la lista de territorios dependientes con el argumento de que se había logrado aquí un grado de gobierno propio suficiente que justificaba que los Estados Unidos no tuvieran que continuar rindiendo informes anuales. La realidad del caso –como sabemos—es que en 1952 no había ocurrido ningún cambio en cuanto a la realidad de subordinación política de Puerto Rico a la soberanía de los Estados Unidos. Le convino entonces, sin embargo, a una pluralidad controlada por los Estados Unidos aceptar el planteamiento de ese gobierno de que a cambio de que sacaran a Puerto Rico de la lista de territorios dependientes sin precisar los requisitos necesarios para que una potencia colonial dejara de someter información. Así de festinado fue el proceso de 1953. Poco después se aprobaron los criterios que habrían de aplicarse en el futuro para poder excluir a un territorio de la lista, y como era de esperarse, eran tales que Puerto Rico no hubiera cumplido con ellos si se le hubieran aplicado. Aún con todo el mollero diplomático de Estados Unidos en aquel momento, la mayoría de los países votaron en contra o se abstuvieron con respecto a la Resolución 748. Fue una gran derrota moral para los Estados Unidos.

En 1960, como señalé al principio, la ONU establece como absoluto el derecho a la libre determinación e independencia, y extiende el ámbito de su resolución (la 1514XV) a todos los países que “aun no han alcanzado su independencia”. Esta referencia –incluida en la resolución a insistencia de los independentistas puertorriqueños—sirve de base para reabrir el caso de Puerto Rico en la ONU y lleva a los Estados Unidos a abstenerse en esa votación.

La oposición de los Estados Unidos a reabrir el caso colonial de Puerto Rico fue tal que no fue hasta 1972 que Cuba logra que el Comité de Descolonización (creado para implementar la resolución 1514) asuma jurisdicción sobre el caso de Puerto Rico.

Aunque a partir de entonces el Comité aprobó resoluciones reconociendo la subordinación política de Puerto Rico, no fue hasta finales de los años noventa que los Estados Unidos comenzó a deponer su actitud tradicional de feroz oposición a las mismas.

El cambio en la posición americana fue la consecuencia del final de la guerra fría y de su creciente reconocimiento –hoy ya explícitamente aceptado por el gobierno de los Estados Unidos—de que el ELA no es más que una posesión de los Estados Unidos sujeta al poder plenario del Congreso.

Las resoluciones sobre Puerto Rico en el Comité se vienen pues aprobando unánimemente en los últimos años, y el gran reto que tenemos los independentistas es el de lograr que el caso sea examinado por la Asamblea General.

La resolución que habría de adoptarse ayer en el Comité, con el respaldo pleno del Partido Independentista, es un paso crucial en esa dirección.

El año que viene habremos de ver a la América Latina y el Caribe, con una sola voz, exigiendo que la Asamblea General se exprese a favor de nuestra libertad.

Así se derrumba el muro de la mentira y la infamia que se había erigido en 1953. Por fin.